Citlalli Luciana, Sábado 26 de Junio de 2021, Noticias Voz e Imagen de Oaxaca.- Con el asesinato de Carmen V.S., madre de 3 hijos, suman 36 mujeres a quienes la violencia en Oaxaca les arrebató la vida.
“Con el reciente caso del feminicidio de una mujer encontrada con signos de tortura en Juchitán, la indignación crece pues significa que los grandes niveles de violencia que existen en el Istmo, con 115 niñas y mujeres asesinadas de manera violenta en lo que va de la actual administración estatal no han generado acciones contundentes de prevención y atención de la violencia de género”, señaló Angélica Ayala, presidenta del Grupo de Estudios sobre la mujer Rosario Castellanos (GESMujer).
Dijo que más de la tercera parte de la violencia feminicida en lo que va del año ha ocurrido en el Istmo. “Ante esto nos preguntamos ¿cuál es la diferencia de la actuación del actual titular de la fiscalía de Oaxaca Arturo Peimbert? Desde que asumió el cargo prometió profesionalismo, pero a la fecha no se observan resultados”, expuso la presidenta del GESMujer, Angélica Ayala.
Acceso a justicia
Reiteró que hay urgencia en coordinar acciones para hacer real el acceso a la justicia, cambios profundos que incluyan recursos humanos, materiales y financieros que acompañen los discursos políticos y estrategias que rompan la impunidad.
El 8 de agosto de 2012 se aprobó el artículo 411 del Código Penal del Estado de Oaxaca en el que se establece que comete feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
Legisladores establecieron que las razones de género se expresan : cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, se le hayan infligido heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, mutilaciones o signos de asfixia, previos o posteriores a la privación de la vida; existan datos, información que refiera algún tipo de violencia, en cualquier ámbito previo a la comisión del delito o amenazas, acoso y maltrato del sujeto activo en contra de la víctima, aun cuando no haya denuncia, querella u otro registro.
Si el cuerpo, cadáver o restos de la víctima hayan sido enterrados, ocultados, incinerados o sometidos a cualquier sustancia que lo desintegre; si el cuerpo, cadáver o restos de la víctima hayan sido expuestos, abandonados, depositados o arrojados en bienes del dominio público o de uso común o cualquier espacio de libre concurrencia; que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad, cualquiera que sea el tiempo previo a su muerte, o por desprecio u odio a la víctima motivado por discriminación o misoginia.
Otro elemento es que haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza y existan antecedentes, además de indicios de que la agresión haya tenido como fin impedirle el ejercicio de su derecho de votar o ser votada en la elección de autoridades estatales o municipales.
Fuente: https://www.nvinoticias.com/nota/189011/oaxaca-registra-36-asesinatos-de-mujeres-en-lo-que-va-de-2021